Derecho Laboral

Demanda Procedimiento Monitorio Laboral en Chile: Guía Completa

Entérate de los requisitos, plazos y el paso a paso para interponer una demanda monitoria laboral en Chile.

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marzo de 2026 ~3 min lectura Derecho Chileno
Demanda Procedimiento Monitorio Laboral en Chile: Guía Completa

El procedimiento monitorio laboral en Chile es una vía rápida para resolver conflictos laborales de menor cuantía. Este artículo explica los pasos clave para presentar una demanda en este procedimiento, basándose en la normativa vigente.

Requisitos Previos a la Demanda

Antes de demandar, es crucial cumplir con ciertos requisitos. Primero, la cuantía del asunto debe ser igual o inferior a quince ingresos mínimos mensuales, excluyendo los aumentos del artículo 162. Segundo, se debe realizar un reclamo previo ante la Inspección del Trabajo, excepto en las materias reguladas por el artículo 201. La Inspección fijará un comparendo al que debes asistir con tus pruebas (contrato, liquidaciones, etc.). Si no te presentas al comparendo estando legalmente citado, se archivarán los antecedentes.

Presentación de la Demanda Monitoria

Si no se logra acuerdo en la Inspección del Trabajo, o el empleador no asiste, puedes presentar una demanda ante el juez del trabajo competente dentro del plazo establecido en los artículos 168 y 201. La demanda debe ser por escrito y cumplir con los requisitos del artículo 446. Es fundamental adjuntar el acta del comparendo de la Inspección del Trabajo y los documentos presentados en esa instancia (excepto en acciones del artículo 201).

Tramitación de la Demanda y Audiencia Única

Una vez presentada la demanda, el juez puede:

  • Acogerla inmediatamente si la considera fundada.
  • Rechazarla de plano.
  • Citar a la audiencia del inciso quinto del artículo 500 si no hay suficientes antecedentes.

Si una de las partes no está de acuerdo con la resolución inicial, puede reclamar dentro de 10 días hábiles desde la notificación. Si se presenta un reclamo, el juez citará a una audiencia única de conciliación, contestación y prueba, que deberá celebrarse dentro de los 15 días siguientes a su presentación. Si la audiencia se cita por falta de antecedentes, se fijará dentro de los 20 días siguientes a la resolución, debiendo mediar al menos 5 días entre la notificación y la audiencia. En la audiencia, las partes deben presentar todas sus pruebas y, si comparecen mediante un mandatario, éste debe tener la facultad expresa de transigir.

Sentencia y Recursos

El juez debe dictar sentencia al término de la audiencia, incluyendo las menciones del artículo 459 (números 1, 2, 5, 6 y 7). En casos complejos, el plazo para dictar sentencia puede extenderse hasta 3 días, notificándose según el artículo 457. Las resoluciones dictadas en el procedimiento monitorio pueden ser impugnadas mediante los recursos establecidos en el Código del Trabajo, excepto el recurso de unificación de jurisprudencia (artículos 483 y siguientes).

Conclusión

El procedimiento monitorio es una herramienta útil para resolver conflictos laborales de forma expedita. Sin embargo, el Derecho Laboral es complejo y cada caso es único. Para analizar tu situación específica y recibir asesoría legal experta, consulta a un abogado.

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